Pablo Soto diseña y distribuye una herramienta informática cuyo diseño facilita el intercambio de archivos, la herramienta es moralmente neutra, el “mal” o el “bien” residen en quien haga uso de ella. Si esa herramienta, por ejemplo, se utilizase para el intercambio de archivos con contenido pedófilo a nadie se le ocurriría culpar a Pablo Soto de pederastia, todos admitiríamos que quienes han de ser castigados son los consumidores y los creadores de archivos con contenido pedófilo. De igual manera, no se culpa a los fabricantes de cámaras fotográficas digitales que facilitan la actuación de estos personajes ni a los fabricantes de los distintos soportes utilizados para su difusión (cd’s, dvd’s, papel fotográfico, etc.)
Sin embargo, alguien ha considerado a Pablo Soto responsable de las pérdidas que su herramienta ha provocado a las compañías discográficas y distintos artistas, ha entablado una demanda contra él, y se esta a la espera de que el juez decida.
El argumento necesario para considerar a Pablo Soto responsable del uso que el usuario da a la herramienta por él creada es el mismo que se necesita para considerar a los fabricantes de armas responsables del uso que el usuario da al arma por él fabricada y vendida, es el mismo que serviría para hacer responsable a los fabricantes de cualquier cosa por los daños y/o delitos que un usuario causase con uno de sus productos ¿Atropellan a una persona y se dan a la fuga? ¡Hala! A demandar al fabricante de coches de esa marca ¿Es sostenible este argumento?
Considerando que casi cualquier cosa sirve para causar la muerte o cometer un delito, las consecuencias de la aplicación de esta línea argumental sería insostenible. Los fabricantes de insecticidas deberían dejar el negocio, al igual que los fabricantes de cualquier producto tóxico destinado a combatir plagas de insectos o hierbas. Los fabricantes de barbitúricos, de cuchillos de cocina (utilizados en muchos crímenes), de automóviles, de camiones, de trenes… la lista se haría interminable, pero bajo ese argumento todos serían responsables del uso que se de al producto que fabrican.
Siguiendo esta línea de argumentación, los fabricantes de grabadores de cd o dvd, muchos de los cuales tienen intereses en grandes compañías discográficas, serían responsables de “facilitar la piratería de música” y de “ocasionar grandes pérdidas a los artistas” de la misma exacta manera en que se acusa a Pablo Soto. De hecho, sería imposible “piratear” o realizar copias privadas de un cd o dvd si no tuviésemos las herramientas necesarias para copiar cd y dvd, y dichas herramientas están en el mercado muchísimo tiempo antes que el programa informático creado por Pablo Soto ya que antes de que él creara su programa informático se producían copias ilegales de los discos de vinilo, gracias a los casetes, de los cd’s, gracias a las grabadoras de cd’s, de libros y revistas, gracias a las fotocopiadoras.
Tenemos entonces dos escenarios. Uno lógico y racional en el cual la demanda en contra de Pablo Soto es desestimada declarándoselo no responsable del uso que los usuarios hagan de la herramienta por el fabricada y otro, no concordante ni con los usos y costumbres ni con la lógica que sería ver como Pablo Soto es condenado a atender las exigencias de sus demandantes.
El segundo escenario abriría las puertas para que los parientes y víctimas de cualquier actividad delictiva pudieran demandar exitosamente a los fabricantes de las herramientas que permitieron ese delito. Dicho de otra forma, si te estafan telefonicamente, pues a demandar a tu proveedor de teléfono y al fabricante del teléfono a través del cual se perpetró la estafa . Si una persona muere a causa de un atentado con bomba a demandar al fabricante del explosivo, de las materias primas que sirvieron para crearlo, de las herramientas que sirvieron para contenerlo, trasladarlo, explosionarlo y, porque no, que sirvieron para ocultarlo.
¿Alguien se atrevería a fabricar algo que pudiese ser utilizado para causar daño si este tipo de demanda fuese permitida? Las cosas que se han utilizado para matar gente son increíblemente variadas, desde planchas, hasta bombonas de butano, electricidad, electrodomésticos, en fin, cualquier cosa capaz de causar daño ha sido utilizada, al menos una vez, para provocar daño o para cometer un delito.
Lo que se juzga en el juicio de Pablo Soto no es si ha causado, o no, pérdidas a compañías discográficas y/o artistas, sino si una persona física o jurídica es responsable del uso que otra le da al fruto de su inteligencia y/o trabajo. Las implicancias de este caso son infinitas y me llama la atención que los mismos demandantes, algunos de los cuales podrían ser demandados a su vez, no sean conscientes de ello.
Sin embargo, alguien ha considerado a Pablo Soto responsable de las pérdidas que su herramienta ha provocado a las compañías discográficas y distintos artistas, ha entablado una demanda contra él, y se esta a la espera de que el juez decida.
El argumento necesario para considerar a Pablo Soto responsable del uso que el usuario da a la herramienta por él creada es el mismo que se necesita para considerar a los fabricantes de armas responsables del uso que el usuario da al arma por él fabricada y vendida, es el mismo que serviría para hacer responsable a los fabricantes de cualquier cosa por los daños y/o delitos que un usuario causase con uno de sus productos ¿Atropellan a una persona y se dan a la fuga? ¡Hala! A demandar al fabricante de coches de esa marca ¿Es sostenible este argumento?
Considerando que casi cualquier cosa sirve para causar la muerte o cometer un delito, las consecuencias de la aplicación de esta línea argumental sería insostenible. Los fabricantes de insecticidas deberían dejar el negocio, al igual que los fabricantes de cualquier producto tóxico destinado a combatir plagas de insectos o hierbas. Los fabricantes de barbitúricos, de cuchillos de cocina (utilizados en muchos crímenes), de automóviles, de camiones, de trenes… la lista se haría interminable, pero bajo ese argumento todos serían responsables del uso que se de al producto que fabrican.
Siguiendo esta línea de argumentación, los fabricantes de grabadores de cd o dvd, muchos de los cuales tienen intereses en grandes compañías discográficas, serían responsables de “facilitar la piratería de música” y de “ocasionar grandes pérdidas a los artistas” de la misma exacta manera en que se acusa a Pablo Soto. De hecho, sería imposible “piratear” o realizar copias privadas de un cd o dvd si no tuviésemos las herramientas necesarias para copiar cd y dvd, y dichas herramientas están en el mercado muchísimo tiempo antes que el programa informático creado por Pablo Soto ya que antes de que él creara su programa informático se producían copias ilegales de los discos de vinilo, gracias a los casetes, de los cd’s, gracias a las grabadoras de cd’s, de libros y revistas, gracias a las fotocopiadoras.
Tenemos entonces dos escenarios. Uno lógico y racional en el cual la demanda en contra de Pablo Soto es desestimada declarándoselo no responsable del uso que los usuarios hagan de la herramienta por el fabricada y otro, no concordante ni con los usos y costumbres ni con la lógica que sería ver como Pablo Soto es condenado a atender las exigencias de sus demandantes.
El segundo escenario abriría las puertas para que los parientes y víctimas de cualquier actividad delictiva pudieran demandar exitosamente a los fabricantes de las herramientas que permitieron ese delito. Dicho de otra forma, si te estafan telefonicamente, pues a demandar a tu proveedor de teléfono y al fabricante del teléfono a través del cual se perpetró la estafa . Si una persona muere a causa de un atentado con bomba a demandar al fabricante del explosivo, de las materias primas que sirvieron para crearlo, de las herramientas que sirvieron para contenerlo, trasladarlo, explosionarlo y, porque no, que sirvieron para ocultarlo.
¿Alguien se atrevería a fabricar algo que pudiese ser utilizado para causar daño si este tipo de demanda fuese permitida? Las cosas que se han utilizado para matar gente son increíblemente variadas, desde planchas, hasta bombonas de butano, electricidad, electrodomésticos, en fin, cualquier cosa capaz de causar daño ha sido utilizada, al menos una vez, para provocar daño o para cometer un delito.
Lo que se juzga en el juicio de Pablo Soto no es si ha causado, o no, pérdidas a compañías discográficas y/o artistas, sino si una persona física o jurídica es responsable del uso que otra le da al fruto de su inteligencia y/o trabajo. Las implicancias de este caso son infinitas y me llama la atención que los mismos demandantes, algunos de los cuales podrían ser demandados a su vez, no sean conscientes de ello.
2 comentarios:
En primer lugar, enhorabuena por el blog. Muy claro y explicativo. Da gusto leerte.
En segundo te diré que los demandantes en este caso saben a ciencia cierta que van a perder la demanda. ¿Dónde está el truco? Los demandantes también controlan gran parte de la prensa y por ende la noticia de la demanda dió la vuelta al mundo. La resolución ya dá igual. El daño moral está hecho y, en el futuro, cualquier desarrollador recordará que le pueden demandar. Independientemente de la resolución de la demanda claro.
Taleq: En eso tienes toda la razón, actúan para generar temor y para ello lo importante es que la noticia de la demanda salga en primera página. Algunos destacan que este sistema, sacar la noticia en primera página pero los resultados de la acción tenerlos escondidos, fue una de las herramientas que se utilizó durante el gobierno de Bush para generar el "shock" social. Se sostiene que el 95% de los detenidos por sospecha de terrorismo fueron puestos en libertad sin cargos. La detención se informaba en las principales páginas de todos los diarios, la puesta de libertad sin cargos... lo más pequeño y escondido posible.
Un abrazo.
Publicar un comentario